El sector del tabaco ante la aprobación en Consejo de Ministros de la modificación de la Ley 28/2005.
Este martes 9 de septiembre, se han iniciado los trámites para modificar la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco. En este sentido, la Mesa del Tabaco quiere manifestar lo siguiente:
Sobre la ampliación de los espacios sin humo:
- Existe una convivencia pacífica entre fumadores y no fumadores:
- Según el último informe publicado por Hostelería de España junto con 40dB (julio), más de la mitad de la población (56,1%) no considera prioritaria la prohibición de fumar en terrazas.
- Además, 7 de cada 10 personas (un 69,3%) opinan que concienciar es más eficaz que prohibir para reducir el consumo de tabaco.
- La prohibición de fumar en terrazas no es equiparable a la medida adoptada en 2005 que restringió el consumo de tabaco en el interior de los locales de hostelería, ya que en aquel momento el consumo simplemente se trasladó al exterior, permitiendo la convivencia entre personas fumadoras y no fumadoras. Con nuevas restricciones, se correría el riesgo de expulsar a la población fumadora hacia espacios menos adecuados, como la vía pública o los hogares, que son entornos cerrados y de mayor sensibilidad.
- Francia acaba de excluir a las terrazas de su reciente ampliación de prohibición en espacios abiertos. Ningún país europeo, salvo Suecia, restringe el consumo en terrazas.
- El debate de los espacios debe centrase en aquellos entornos donde la presencia de menores sea significativa -instalaciones deportivas infantiles o zonas de juego, no en terrazas de hostelería al aire libre-.
Sobre la equiparación de productos:
- La equiparación regulatoria en España, mientras que la normativa de la Unión Europea hace todo lo contrario, distingue entre los productos del tabaco para fumar y los nuevos productos sin combustión, no tiene sentido. El ejemplo más reciente es el Real Decreto 47/2024, de 16 de enero, transpone la Directiva 2014/40/UE, manteniendo dicha diferenciación.
- Varios países en todo el mundo, como Italia, Grecia, República Checa, Suecia, Reino Unido y Nueva Zelanda, han seguido este criterio y han desarrollado políticas públicas que reconocen las diferencias entre los productos en función del riesgo, como una vía complementaria de lucha contra el tabaquismo.
- Las administraciones públicas deberían apoyar la transición hacia productos de potencial menor riesgo, teniendo en cuenta tres factores clave: la evidencia científica disponible, la realidad del mercado y las demandas sociales. La ausencia de un marco regulatorio diferenciado para estos productos novedosos podría reducir los incentivos para el desarrollo y adopción de alternativas de menor riesgo.
- Una equiparación regulatoria indiscriminada podría limitar la innovación en este sector, particularmente preocupante cuando se trata de productos resultado de extensos procesos de I+D+i y avances tecnológicos.
- Según el Eurobarómetro publicado en 2024, menos del 1 % de los encuestados declara haberse iniciado en el consumo de tabaco a través de productos de tabaco calentado, lo que indica un impacto muy limitado en la iniciación al consumo.
¿Dónde está España?
- España es uno de los países con regulaciones más avanzadas, reconocido por informes independientes como el de la OMS. El último estudio de medidas de control contra el tabaquismo de MPOWER, publicado el 23 de junio, sitúa a España entre los 7 países (de los más de 190 que integran la OMS) con mayor nivel de cumplimiento en políticas de control a nivel mundial.
- Según la última encuesta de EDADES 2024, España registró el mínimo histórico de consumo de tabaco desde 1995. Teniendo esto en cuenta, las medidas ya existentes funcionan y no es necesario restringir más. Además, según la encuesta ya mencionada anteriormente, 7 de cada 10 personas opinan que concienciar es más eficaz que prohibir para reducir el consumo de tabaco.
- El consumo ha caído 10 puntos porcentuales desde 2006 y las ventas de cigarrillos tienen una tendencia decreciente.
- Informes como el reciente informe de la CNMC identifican restricciones significativas a la competencia, entre las que destacan la falta de evidencia empírica que respalde la efectividad de las medidas propuestas, sin analizar alternativas menos restrictivas, ni valorar su eficacia en el caso español.
- No hay ninguna regulación internacional de la Unión pendiente de trasponer a España.
¿Qué pedimos como sector?
Cualquier modificación regulatoria debe implementarse con un enfoque basado en datos y evidencia científica, en consonancia con la legislación de la Unión Europea y de la vigente—que debe aplicarse con rigor y eficacia—, y mediante análisis rigurosos, en particular de su impacto económico, considerando la extensa cadena de valor existente en España.
Asimismo, debe contribuir a la lucha efectiva contra el comercio ilícito (prioridad sectorial), respetar la libre competencia, la seguridad jurídica y los principios de buena regulación.
Todo ello, en coherencia con el marco normativo europeo, especialmente relevante ante la próxima aprobación de una nueva Directiva.